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Legalidad de la reproducción asistida

por NellyG 5 noviembre, 2025

 

 

 

Concuerdo con la opinión acertada de la tesis hecha sobre la materia por la doctora Claudia Espinoza Almaguer, quien hace una exposición muy acertada sobre la Reproducción Asistida en México.

Esto se debe a que el 29 de octubre del año pasado se presentó al Pleno de la Cámara de Diputados una iniciativa suscrita por Olga María del Carmen Sánchez Cordero e integrantes del Grupo Parlamentario Morena para reformar y adicionar diversos artículos de la Ley General de Salud en materia de reproducción asistida.

El análisis técnico obra como parte de un expediente turnado a la Comisión de Salud y de acuerdo con su sinopsis pretende incorporar el término de “salud sexual y reproductiva” como materia de salubridad general y agregar un capítulo de reproducción asistida, con la finalidad de regular y tener un control sanitario.

En enero de este año, conforme a la información del boletín 0747 la Comisión de Salud presidida por Pedro Mario Zenteno Santaella aprobó la iniciativa de Cordero con 29 votos a favor, 8 en contra y ninguna abstención. Allí la propia autora manifestó que su proyecto es resultado de más de seis años de “reflexiones y diálogos con médicos especialistas, legisladores y parejas”, que busca poner en orden el desarrollo de las actividades clínicas y detectar aquellas que pudieran transgredir los límites de la bioética.

Aunque hubo mujeres legisladoras de diferentes partidos que se pronunciaron por falta de especificidad o pidieron bajar el dictamen para discutirlo, al considerar que la iniciativa contiene términos ambiguos que pueden dar cabida a formas de explotación como los vientres de alquiler y la afectación al interés superior del menor.

Actualmente el proyecto se encuentra en la Comisión de Igualdad de Género, cuya atribución es vigilar que el trabajo legislativo se apegue con la igualdad sustantiva, es decir, con el reconocimiento de una posición jurídica y política de las mujeres en relación con los hombres, a través del abordaje de temas como violencia, salud o la brecha salarial, pero como no es parte de los asuntos turnados formalmente, cualquier opinión otorgada allí no es vinculante y puede pasar a votación en cualquier momento.

Ahora bien, el que la iniciativa haya pasado sin más, es prueba de que los derechos de niños y mujeres no son relevantes, por consiguiente, nos encontramos ante una decisión “democrática” formal (porque el partido de la proponente es mayoría numérica) y no por ser coherente con los derechos fundamentales que marca la Constitución ni mucho menos “bioética”.

Primero vamos a revisar el tema en sus propias palabras. En febrero se organizaron dos foros producidos por la interesada al interior de la Cámara, el evento denominado “Diálogos Parlamentarios ¿Cómo mejorar el modelo de la Reproducción Asistida en México?” cuyas grabaciones están disponibles en su perfil de Youtube.

Allí hubo sedicentes feministas, académicas, diputadas, representantes de colegios de bioética, médicos laicos y médicos rabinos; la presencia de mujeres para el primer día de discusión se desvaneció en el segundo, con 12 hombres defendiendo las “técnicas” en estilos distintos con objetivo común. ¿Qué han dicho?

Para la primera sesión se hizo una crítica acerca de la ausencia de legislación en la materia, señalan que el Estado Mexicano debe garantizar “cualquier manera de constituirse como familia” porque la ley es “heteronormada” como lo han sido todas las iniciativas previamente presentadas al respecto y rechazadas por “discriminatorias”.

De tal suerte, la reforma de Olga “debe” aprobarse porque el 17% de la población tiene un problema de infertilidad y en su nombre, como bandera, ha de darse este cambio que promete distanciar al país de visiones “moralistas” y sesgos críticos que buscan que esa ilusión de ser papás y mamás no se cumpla.

Posteriormente hicieron este trayecto argumentativo: El artículo 4 de la Constitución enmarca el derecho a la familia, en tanto el artículo 1 protege a toda persona contra la discriminación. De allí se sostiene el término de “personas gestantes” en tanto las parejas homosexuales tienen igual derecho a la vida familiar e igualitaria que debe comprenderse como un derecho a la procreación y el acceso total a las técnicas derivadas del avance científico a fin de que el individuo pueda satisfacer su “voluntad procreacional”. Nada debe oponerse a la “ilusión de tener un hijo”.

El Dr. César Palacios, por ejemplo, manifestó que este “anhelo” se enmarca en los derechos sexuales y reproductivos, siendo parte de la identidad a grado tal que las personas están dispuestas a gastar grandes cantidades de dinero y si no lo logran la vida es mala. Así, debe cambiarse el término “infertilidad” a “falta de hijos involuntaria”, en su opinión, la iniciativa es “buena y necesaria” porque incluye a los homosexuales. Dice el doctor que es éticamente aceptable desde la filosofía política citando a Stuart Mill, porque no se causa daño a otro y por ello la libertad reproductiva no debe restringirse.

Por su parte, Patricio Santillán, de la Comisión Nacional de Bioética, a quien consultan desde la Cámara, dice que la “gestación sustituta” (los vientres de alquiler), es parte de las técnicas de la reproducción asistida, que hay países donde no hay regulación y otros donde es pagado o “altruista”, en su opinión esto último es más benevolente y México debe decidir cuál “sistema” va a escoger porque no puede ser que solo haya norma en dos entidades federativas donde no se sabe cuál es el “manejo”.

En su opinión existe un “derecho moral” de querer procrear, citando casos para los cuales propone que se sustituya el defecto que pueda tener una mujer en su útero, por medio de dos soluciones: usar el útero de “otra gente” y que se lo pongan, o usar el útero de “otra persona” para que lleve el embarazo, es decir, existen terapias “aceptables”.

Hubo dos médicos judíos y rabinos, que a pesar de haber mencionado la supuesta laicidad de la propuesta, mencionaron el Talmud y la Biblia en repetidas ocasiones, dijeron que era necesario delimitar las bases de las técnicas reproductivas a través de la ley para dar seguridad a quienes buscan estos “servicios” de que su dinero llega a un país seguro y regulado. En sus palabras, el judaísmo respalda la donación de este material, y pusieron ejemplos de mujeres que en estos libros religiosos representan la búsqueda por ser madres y por tener descendencia, señalan: “es muy triste que pasen las fiestas judías sin hijos”.

La mayoría de estos médicos, biólogos y “bioeticistas”, pidieron una regulación abierta, uno de ellos dijo tal cual que hay que permitirlo todo, porque nadie quiere hacer un negocio de ello, que no nos fijemos en la “filigrana”.

Es muy importante para este análisis, que no se pierdan de vista los hechos y los derechos, porque los discursos juegan a construir una conmiseración por las personas infértiles y/o homosexuales que buscan procrear, para dar cabida a la reforma e integración de “técnicas de reproducción asistida” donde efectivamente se asoma la explotación reproductiva.

 

El peligro de ser mujer en el Estado de México

por ahernandez@latitud21.com.mx 1 octubre, 2025
  • Desde el tintero
  • Rafael Colonia
  • Maestro en Derecho, Director de Bufete Colonia SCP  
  • Despacho Jurídico Empresarial.

 

La violencia y odio en contra de las mujeres en el Estado de México ha sido un tema constante en las publicaciones del estudioso en la materia, doctor Alberto Francisco Garduño en el último par de años; la razón es porque se trata de un asunto desatendido que lleva décadas arraigándose en la entidad. Administraciones van y vienen, y el problema se desborda; en el Estado de México es peligroso ser mujer.

Lo anterior, no se basa en meras creencias o suposiciones, el Estado de México, aparece constantemente en los primeros lugares de índices de violencia o de medición de actividad delictiva, con tal frecuencia que sugiere caos y negligencia para atender de forma integral la actividad delictiva.

Las mujeres, quienes a lo largo de la historia han enfrentado la desigualdad y discriminación de manera sistemática, en el siglo XXI y en una de las entidades federativas con un aparente desarrollo económico elevado, como lo es el Estado de México, no logran vivir con plenitud porque priva un ambiente de inseguridad e impunidad, el cual, pese a los esfuerzos mundiales, regionales, nacionales, públicos y privados, no logra erradicar, ni resolver de manera efectiva el problema.

El comentarista, experto en la materia, relata que en pleno siglo XXI, las mujeres de manera particular encuentran obstáculos en el ejercicio de sus derechos cuando están embarazadas, son madres, campesinas, integrantes de una comunidad indígena, afrodescendientes, solteras, divorciadas, entre otras categorías que, en lugar de posibilitar el ejercicio de un derecho, acaban configurando obstáculos para hacerlo.

Naturalmente, la violencia y el odio en contra de las mujeres no es una cuestión exclusiva de la entidad mexiquense, ni siquiera de México, ni de países menos desarrollados, esta situación se presenta igualmente en países desarrollados; el caso más reciente es el de Gisèle Pelicot, en Francia.

De conformidad con los datos de 2022 recabados en el Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal 2023, levantado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el Estado de México registró el mayor número de víctimas de feminicidio en las carpetas de investigación abiertas, con 140 víctimas, por encima de Nuevo León que acumuló 104 víctimas, lo cual contrasta con Nayarit que únicamente enumera 2 víctimas. 

Cabe citar la siguiente relación de datos efectuada por las y los autores del “Cuaderno 28. La medición del feminicidio en México”: “Sistemáticamente, el Estado de México, Jalisco, Ciudad de México, Nuevo León, Puebla y Sinaloa son los estados que año con año concentran la mayor cantidad de feminicidios; en conjunto, registraron 40.6% de las víctimas de feminicidio consumado entre 2017 y 2022.”

Sobre los mismos comentarios que hace el experto, cabe recordar la investigación periodística que siempre se recomienda “Las muertas del estado. Feminicidios durante la administración mexiquense de Enrique Peña Nieto”, de Humberto Padgett y Eduardo Loza con prólogo de Lydia Cacho; cuyo principal atributo radica en que, desde la línea uno del prólogo, se van entretejiendo una serie de hechos y escenarios en los cuales destaca el cinismo de las autoridades frente a la violencia feminicida que opera sistemáticamente en el Estado de México. Uno de los datos relevantes que  se destaca en la obra citada, es el análisis efectuado por los autores durante los años 1990 a 1997, 2000, 2001, 2003, 2005 y 2006, en los cuales el Estado de México se ubicó en el primer lugar con el mayor número de “feminicidios”; luego, la entidad mexiquense salió de ese índice e inició con nuevos datos en el registro de personas privadas de la vida como consecuencia de la “guerra contra el narco”. No, no se trata de una casualidad como se explica en la obra, sino de ahora computar los homicidios de las mujeres como homicidios relacionados al “crimen organizado”. 

En el preámbulo de la conmemoración del 8 de marzo 2025, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México difundió un comunicado de prensa con cifras relevantes acerca de los feminicidios en el Estado de México, el rango de tiempo que explora la institución va del 1 de enero de 2017 al 28 de febrero de 2025, lapso dentro del cual registran 913 feminicidios de los cuales:

– Se lograron judicializar 820.

– Solo en 93 asuntos la investigación sigue adelante a fin de lograr órdenes de aprehensión.

El comunicado cierra señalando una “disminución” en el número de feminicidios en 2024 en comparación con 2023, contabilizando una diferencia de 16 casos menos en 2024 donde se presentaron 73 a diferencia de 2023, cuando se registraron 89.

Teniendo a la vista los anteriores datos dados a conocer en un escueto comunicado que, lejos de ilustrar sobre la situación actual con perspectivas de género y de derechos humanos, sumado a la demás información que se venía comentando en este espacio, se acaba evidenciando la ausencia de una política criminal que responda integralmente a la ya arraigada discriminación, odio y violencia en contra de las mujeres en el Estado de México, donde a cada minuto peligran.

¿Qué está pasando con la nueva Ley de la Guardia Nacional?

por ahernandez@latitud21.com.mx 1 septiembre, 2025
  • Desde el tintero
  • Rafael Colonia
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En México existen dos formas para privar de la libertad a una persona sin una orden de juez, como marca el artículo 16 de la Constitución Mexicana: llámase Orden de Aprehensión y es por la comisión de un delito en flagrancia o bajo el supuesto de caso urgente.

De acuerdo con los estudios realizados por el Dr. Eric Miravete Granja, el tema está dividiendo opiniones en todo México: mientras el gobierno la defiende como una solución a la inseguridad, organizaciones civiles la ven como una amenaza a los derechos humanos. Aquí te resumo las posturas:

 OFICIALISMO Y ALIADOS

1.Seguridad más fuerte: Morena, PVEM y PT aseguran que la Guardia Nacional bajo control de la Sedena será más eficaz contra el crimen.

2.Capacitación militar con enfoque en derechos humanos, género e interculturalidad.

3.Apoyo ciudadano: Según encuestas del INEGI, más del 65% confía más en el Ejército que en policías locales.

4.Supervisión civil: Dicen que sigue siendo una fuerza civil bajo el mando supremo de la presidenta y con vigilancia del MP y jueces.

OPOSICIÓN Y ORGANIZACIONES DE DERECHOS HUMANOS

1.Militarización preocupante: PAN, PRI y MC denuncian que se rompe la promesa de tener una Guardia civil.

2.Riesgos a la privacidad: Las nuevas facultades de inteligencia podrían derivar en espionaje sin control judicial adecuado.

3.Uso político: Críticas por permitir que miembros de la GN puedan postularse a cargos públicos.

4.No ha funcionado: Señalan que, pese a la militarización previa, siguen los asesinatos y violencia en estados como Chiapas, Chihuahua y Sinaloa.

 SOCIEDAD CIVIL Y EXPERTOS

1.Falta de controles civiles reales: Académicos y ONGs alertan que la narrativa de “más seguridad” no resuelve los abusos.

2.Quejas contra el Ejército ante la CNDH siguen acumulándose.

3.Redes divididas: Mientras algunos lo ven como avance, otros alertan sobre autoritarismo.

La ley fue aprobada por el Congreso entre el 24 de junio y el 1 de julio de 2025, consolidando su estructura militar y ampliando funciones como inteligencia, intervención de comunicaciones y tareas ambientales.

¿Más seguridad justifica más poder al Ejército?¿O estamos sacrificando la democracia y los derechos en nombre del orden?

Encarcelamiento, consecuencias en la familia 

por NellyG 2 julio, 2025

 

 

El sistema penitenciario mexicano alberga a miles de personas, muchas son padres, madres, hijos y hermanos; y el impacto de su encarcelamiento se extiende más allá del muro de las prisiones, afectando profundamente a las familias y comunidades. Uno de los impactos más inmediatos y evidentes es el económico, ya que, en la mayoría de los casos, el encarcelado es el principal sostén de la familia y su ausencia deja en un estado financiero crítico a la familia. Además de la pérdida directa de ingresos, las familias enfrentan costos extras, asociados con el encarcelamiento. Las visitas a las cárceles, que a menudo están ubicadas lejos de sus hogares, implican gastos de transporte, alojamiento y alimentación, sumándose los costos legales y los sobornos para asegurar un trato adecuado dentro del penal, costos que también en ocasiones son prohibitivos. 

El encarcelamiento también tiene un impacto profundo en la estructura y dinámica familiar. La ausencia de uno de los padres puede desestabilizar el hogar, alterando las relaciones y roles dentro de la familia. Los niños a menudo enfrentan una serie de desafíos emocionales y psicológicos: sentimiento de abandono, tristeza, ira y confusión. El bullying también puede llevar a problemas de autoestima y aislamiento social. Estos efectos pueden manifestarse en problemas de comportamiento, dificultades académicas y problemas de salud mental. 

De acuerdo con los estudios realizados por la doctora Ana Karen López Delgado, para el cónyuge que queda en casa, la carga de criar a los hijos y mantener la estabilidad del hogar recae completamente sobre sus hombros. Esta situación puede ser abrumadora y llevar a altos niveles de estrés, ansiedad y depresión, y afectar su salud física y mental, así como la calidad de la crianza que puede ofrecer. En algunos casos, la ausencia prolongada del encarcelado puede llevar a la ruptura del matrimonio o la relación, lo que añade otra capa de trauma y dificultad para los niños. 

La encarcelación masiva puede erosionar el tejido social, aumentar la criminalidad y perpetuar ciclos de pobreza y exclusión social. Las comunidades de altas tasas de encarcelamiento a menudo enfrentan problemas como la falta de servicios adecuados, oportunidades educativas y empleo, lo que agrava aún más la situación El encarcelamiento no solo afecta a las familias durante el tiempo que un miembro está en prisión, sino que sus efectos persisten mucho después de la liberación. Los exconvictos enfrentan enormes desafíos para reintegrarse a la sociedad, lo que a su vez afecta a las familias que dependen del éxito de su reintegración. 

Es muy importante que las políticas de gobierno aborden el impacto del encarcelamiento en las familias. Las reformas deben centrarse en reducir la población carcelaria mediante la promoción de alternativas al encarcelamiento, como los programas de justicia restaurativa, las sanciones comunitarias y los tratamientos de rehabilitación para los delitos relacionados con drogas, alternativas que no solo tienen un sentido humano, sino que también tienden a reducir la reincidencia y a apoyar a su rehabilitación. Además, resulta necesario mejorar las condiciones dentro de las prisiones para que los encarcelados puedan mantener el contacto con sus familias, establecer políticas que faciliten las visitas regulares, las llamadas telefónicas y el acceso a programas educativos. Las familias deben recibir apoyo financiero y emocional para hacer frente a los desafíos asociados con tener a un miembro de la familia en prisión. Los programas de reintegración deben proporcionar a los exconvictos las herramientas y el apoyo que necesitan para reintegrarse exitosamente a la sociedad. Esto incluye el acceso a la educación, capacitación laboral, servicios de salud mental y apoyo en la búsqueda de empleo o vivienda. La lucha por la justicia no termina con la sentencia de un tribunal, debe incluir un compromiso continuo para apoyar a las familias afectadas y trabajar hacia un sistema que promueva la rehabilitación, al hacerlo, podemos empezar a sanar las heridas y crear un futuro más brillante para toda la sociedad.

Urgente, proteger a los niños

por NellyG 1 junio, 2025

 

 

El maltrato infantil es una de las realidades más devastadoras y complejas que enfrentamos como sociedad. Aunque en muchos lugares se ha avanzado en su reconocimiento y se han establecido marcos legales para su protección, la prevención y la concientización siguen siendo áreas críticas que requieren atención constante y renovada. La detección temprana y la denuncia del maltrato infantil no sólo son cruciales para la protección inmediata de los niños, sino también para el desarrollo a largo plazo y bienestar emocional. El derecho penal juega un papel esencial en esta lucha, proporcionando un marco para la sanción y prevención de estos delitos.

De acuerdo con las tesis de Rodrigo Blanco Jiménez, especialista en esta rama, el maltrato infantil tiene consecuencias profundas y duraderas que van más allá de las cicatrices físicas. Los niños que sufren abuso físico, emocional, sexual o negligencia, están en riesgo de desarrollar problemas de salud mental, dificultades académicas y comportamientos antisociales. Además, el trauma del maltrato puede llevar a trastornos como la depresión, la ansiedad y el estrés postraumático, afectando su capacidad para formar relaciones saludables y llevar una vida productiva. El derecho penal, puede ayudar a prevenir estas consecuencias al establecer sanciones severas para los perpetradores y disuadir potenciales abusadores.

La detección temprana del maltrato infantil es crucial para minimizar el daño y proporcionar a los niños la ayuda que necesitan lo antes posible. Para lograrlo, es necesario que tanto profesionales que trabajan con niños como el público en general estén educados sobre los signos y síntomas del maltrato, y que conozcan las vías legales para denunciar estos actos. La legislación penal debe ser clara y accesible para todos, de manera que cualquier ciudadano pueda entender cómo proceder en caso de sospechar un maltrato.

Los educadores, trabajadores sociales, personal de salud y policías deben recibir formación continua y especializada para identificar las señales del maltrato y saber cómo intervenir de manera efectiva. Esta formación debe incluir reconocimiento de signos físicos y emocionales, conocimiento de indicadores como moretones inexplicables, cambios de comportamiento, retraimiento y señales de negligencia; entrevistas con niños, técnicas para hablar con los niños de forma segura y no intimidante, permitiéndoles expresar sus experiencias sin miedo; procedimientos de denuncia, protocolos claros sobre cómo y cuándo denunciar sospechas de maltrato, garantizando que las denuncias se manejen de manera confidencial y sensible.

Además de formar a los profesionales es vital que toda la comunidad esté al tanto de cómo puede contribuir a la detección temprana del maltrato infantil. Las campañas de concientización pueden informar a los padres y cuidadores, proveyendo recursos sobre pláticas de conciencia positiva y manejo del estrés; empoderar a los niños enseñándoles sobre sus derechos y cómo buscar ayuda si están siendo maltratados y movilizar a la comunidad fomentando una cultura de vigilancia y apoyo donde todos los miembros de la comunidad se sientan responsables de la seguridad de los niños.

El derecho penal debe ser una herramienta efectiva del maltrato infantil no sólo castigando a los culpables, sino también actuando como un disuasor potente contra posibles abusadores. La responsabilidad de proteger a nuestros niños recae en todos, y es un deber que debemos asumir con seriedad y compromiso utilizando todas las herramientas legales disponibles para erradicar esta problemática.

Jueces robots, inteligencia artificial

por NellyG 1 mayo, 2025

 

 

El rol del juez ha sido fundamental en la construcción del estado de derecho: Desde la antigua Roma hasta el Common Law inglés, los jueces han sido intérpretes y aplicadores de la ley, asegurando la justicia y el orden. En la modernidad su función se amplía a la protección de los derechos fundamentales y el equilibrio de poderes; grandes tratadistas coinciden en opinar que el Poder Judicial es el menos peligroso y es esencial para la revisión de los actos legislativos. En forma brillante Alexander Hamilton plasmó en ‘El Federalista’ que la forma de garantizar la construcción de una nación debería basarse en el respeto a los jueces, a sus decisiones, al proceso, al debido proceso y a las instancias.

Hay que dar crédito al jurista Álvaro Rolando Pérez Castro, orgullosamente mexicano, quien señala que urge para los llamados “casos difíciles”, donde la Ley no proporciona una solución clara, los jueces deben ejercer juicio y discreción, sopesando principios y valores. La prueba de proporcionalidad es un ejemplo donde se evalúan derechos y limitaciones, requiriendo un análisis profundo y matizado. Una Inteligencia Artificial programada con algoritmos y datos, podría enfrentar dificultades en estos contextos debido a la falta de empatía, contexto cultural y capacidad de interpretación moral.

 

Oportunidades:

Eficiencia y rapidez: los jueces robots pueden procesar vastas cantidades de datos y emitir decisiones rápidamente, reduciendo la carga judicial y agilizando los procesos.

La Inteligencia Artificial puede asegurar consistencia en la aplicación de la ley, minimizando sesgos humanos y arbitrariedades.

Acceso a la Justicia: la tecnología puede hacer que los servicios legales sean más accesibles y asequibles para la población general.

 

Dificultades:

Falta de empatía, contexto e interpretación moral y ética: los jueces robots carecen de la capacidad de empatía y comprensión cultural, cruciales en la toma de decisiones justas y humanas.

Errores y responsabilidades: los errores de la Inteligencia Artificial pueden tener consecuencias graves y plantean preguntas sobre las responsabilidades y la corrección de decisiones automatizadas.

Una de las facultades que más marcan la diferencia entre los seres humanos y los animales no humanos y la verdadera diferencia abismal con la IA es la capacidad de comunicar lo que piensan, ser capaces de comprender y crear a partir del conocimiento, esto es imposible de hacer por IA. 

Aunque la IA puede procesar grandes volúmenes de información y ejecutar análisis a una velocidad y precisión que superan a los humanos, sigue siendo una construcción basada en códigos y patrones predeterminados. Carece de conciencia, intuición y la comprensión del contexto social y cultural que influye en las decisiones humanas. Esto plantea preguntas fundamentales sobre los límites de su aplicación especialmente en ámbitos como la judicatura, donde la interpretación de la ley y la justicia no pueden reducirse simplemente a cálculos algorítmicos.

Por tanto, es una herramienta poderosa pero limitada, cuyo uso debe de ser guiado y complementado por la reflexión humana para garantizar decisiones justas y equitativas.

En conclusión: la integración de la IA en el sistema judicial ofrece oportunidades significativas, pero también enfrenta desafíos críticos. La tecnología puede mejorar la eficiencia y la consistencia, pero carece de la capacidad humana para interpretar la ley con empatía y juicio moral. Para enfrentar estos problemas, es esencial un enfoque híbrido que combine las fortalezas de la IA con la sabiduría de los jueces humanos, asegurando un sistema judicial justo y equitativo.

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