(Parte 2)
Por: Sergio Anguiano Soto
Presidente del Instituto Mexicano para la Cultura de la Legalidad A.C.
Otro argumento en contra de la revocación de mandato es que para que el resultado sea válido debe darse una participación del 40% (36 millones aproximadamente) de personas inscritas en la lista nominal (poco menos de 91 millones en 2021) y la revocación solo procederá si hay mayoría absoluta. (algo así como 22 millones), lo que se antoja poco probable su consecución, lo que sumado a los argumentos de que, en general, el pueblo no está pidiendo la revocación, sino que termine su periodo; la hace innecesaria.
En este punto señala, María Amparo Casar, investigadora, socióloga, politóloga, catedrática e investigadora del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), en un artículo publicado en https://www.nexos.com.mx/?p=59648, señala la que en el caso mexicano se rompe con una “regla oro” que establece que, en este tipo de procesos, para que sea efectivamente democrático, el número de personas que voten en favor de la revocación debe ser igual o mayor al número de votos que llevaron a ser electo a la persona que se le pretende revocar el mandato. En el caso concreto, a pesar de que el número es alto, no sería suficiente para compararlo con el número de votos logrados por el actual presidente de la República en la elección correspondiente; más de 30 millones.
Gasto
Otro elemento que no soslayan quienes no están de acuerdo, es el económico, señalando que, de acuerdo con la estimación del INE, el proceso tendrá un costo de más de 3 mil millones de pesos, cifra que, afirman, no puede darse el lujo de gastarse en un país que tiene carencias tan graves como la falta de medicinas y otras necesidades más imperativas y necesarias.
En otro orden de ideas, en la fracción IX multicitada, se establece que será el INE quien tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación. Emitirá los resultados de los procesos de revocación de mandato del titular del Poder Ejecutivo Federal, los cuales podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (5º).
En este sentido, se señala la ampliamente conocida opinión que le merecen al Presidente y sus allegados, el INE y el Tribunal Electoral, de donde se sigue que, es fácilmente previsible que desde ya habrá descalificaciones y falta de reconocimiento a estos órganos autónomos, más si el resultado no es el que entre ellos se espera.
Y en este sentido, se plantean otros motivos por los que quienes no comparten la idea de la celebración de este proceso de revocación de mandato, plantean.
Esto es. De cubrirse los requisitos constitucionales y legales del caso, la resolución final solo puede ser: O se revoca el mandato o no.
En la segunda hipótesis, se señala que, en términos generales, la mayoría del pueblo mexicano no ha planteado la revocación del mandato y habida cuenta de que la CPEUM precisa con claridad el periodo del mandato del Presidente de la República no hace falta el proceso y que para lo único que sería útil es para dividir a los ciudadanos mexicanos y satisfacer el ego del Presidente, logrando lo que ya ha expresado, fortalecerse para la última etapa de su mandato, en el mejor de los casos, dicen, o para re concebir o plantearse ideas reeleccionistas como ha sucedido en otros países que han llevado a cabo el ejercicio (Venezuela y Bolivia, principalmente), en el peor de los casos.
Por otra parte, de darse la revocación del mandato, sumado al previsible desconocimiento y descalificación de la labor del INE y TE, con el consecuente peligro de desorden, falta de claridad en el destino del país, la probable ingobernabilidad, mayor división y enfrentamientos sociales, entre otros muchos más; desde el punto de vista jurídico plantean escenarios poco halagadores.
El artículo 84 de la CPEUM, que es el que prevé la hipótesis, en su Séptimo y último párrafo adicionado el 20 de diciembre de 2019, establece: En caso de haberse revocado el mandato del Presidente de la República, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso; dentro de los treinta días siguientes, el Congreso nombrará a quien concluirá el período constitucional.
Un párrafo que va en contra de la democracia ya que un presidente elegido mediante el voto de los ciudadanos sería sustituido por los diputados y senadores, que, si bien representan a esos ciudadanos, no pueden, ni deben abrogarse derechos individuales que les corresponde a la ciudanía. Sería un voto indirecto, lo que claramente contraria al sistema de votación directa que consagra la CPEUM.
El tema desde luego, no se agota en estas breves notas, pero sí nos sirven para plantearnos desde el Instituto Mexicano para la Cultura de la Legalidad A.C. (IMELEGAL) si este tipo de ejercicios contribuyen a una mayor participación ciudadana.
Involucrar a todos los sectores
Decíamos al principio que en la exposición de motivos de las reformas constitucionales que dieron paso a los plebiscitos, la consulta popular, el referendo y la revocación de mandato, fueron motivadas fundamentalmente para incentivar y dar a la ciudadanía un espacio de participación que le haga ser parte de las decisiones importantes y desde luego fundamentales de la sociedad de la que es integrante. Esta ha sido una de las tesis que con mayor vigor hemos procurado promover desde el IMELEGAL.
Estamos convencidos de que para que nuestro país y entorno más inmediato mejore, lo mismo que la labor que hacen nuestros gobernantes y sirva para alcanzar metas comunes, se requiere, necesariamente, del involucramiento y participación de todos los actores sociales, proponiendo, haciendo, señalando, denunciando, vigilando, lo que todos quienes formamos parte de la sociedad realicemos.
Este tipo de ejercicios, como el de la Consulta Popular recientemente realizada, y ahora el de Revocación de Mandato ¿apuntan en esa dirección?
Dejo a ustedes, amables lectores la respuesta a nuestra inquietud, así como el agradecimiento, de parte de todos los que integramos al IMELEGAL, por el espacio concedido y la invitación realizada por este gran medio periodístico.